El Aborto como Competencia Entre dos Formas de Orden
Caracas, Venezuela
2018.10.08
Autor: Marcos Mora
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El Aborto como Competencia Entre dos Formas de Orden
En los últimos 12 meses han ocurrido 3 eventos relevantes en cuanto a la legislación del aborto en 3 países: despenalizado en Chile desde septiembre 2017, en Irlanda desde mayo 2018 y el más caso reciente: Argentina a favor de la despenalización por la cámara baja en junio 2018 pero finalmente repelida la propuesta de ley por la cámara alta el 8 de agosto 2018.
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Como no podía ser de otra manera, las postura públicas entre mis contactos de Facebook y otras redes sociales no se hicieron esperar en las 3 ocasiones, siendo el más reciente el caso argentino, tomaré esta tercer oportunidad para meterme de lleno en refriega, siendo que dejé pasar las 2 anteriores.
El debate del aborto yo lo veo como una competencia entre 2 formas de orden en la sociedad:
En el primer orden, el aborto está penalizado, esto es, la mujer que se lo practique comete delito y el sistema de justicia se ocupa de procesarla; también procesará a la persona que haga el procedimiento, sus ayudantes, quizás incluso a los instigadores y otros facilitadores indirectos.
En el segundo orden, el aborto no es delito, por lo tanto, el sistema de justicia (que es mantenido con la productividad de toda la sociedad) no se encarga de la persecución de las personas, con lo que esos recursos se pueden aprovechar en otras áreas. Además, –dado el castigo clásico que es: la cárcel– se evita perder seres humanos productivos y que recurrieron a la informalidad y la marginalidad para prestar y recibir un servicio.
El primer orden no evita la realización de los abortos, ni siquiera los reduce en número en el tiempo. Sólo oculta el problema bajo la alfombra, se llena el vacío formal con un mercado negro que tiene consecuencias perjudiciales tanto para la mujer como para los que hacen el procedimiento: la mujer tiene menores condiciones de seguridad, salubridad, carece de protección legal contra malos procedimientos —por ser de entrada una actividad clandestina— y en fin una mucho mayor probabilidad de muerte o daño permanente por la naturaleza misma del procedimiento.
Quienes hacen el procedimiento igual enfrentan los problemas de la informalidad: deben procurar ocultar todo el procedimiento, en lugar de hacerlo en una clínica común podrían optar por casas, galpones u otros sitios poco apropiados. O armar un entramado de complicidad "bajo tierra" en clínicas normales ya existentes, con lo que se pone en riesgo a todo el establecimiento, incluidos los servicios médicos normales que presta.
En el segundo orden, el aborto es un procedimiento médico normal y formal. Con todas las seguridades que debería tener: condiciones de salubridad, el sistema de pago formal, mayor calidad de los médicos y los establecimientos, responsabilidades claras en caso de mala-praxis, incluso cobertura del sistema de seguros (tanto para pacientes como para médicos y clínicas) según los casos.
Entramos ahora en la cuestión de principios y derechos. Si admitimos "el derecho a la vida" y el "derecho a la propiedad", encontramos que hay una contradicción irresoluble en el caso del aborto: se enfrenta el derecho a la vida del feto que no puede permanecer vivo sin el sustento nutricional de la madre durante la gestación vs el derecho de la madre a la propiedad sobre su cuerpo y expulsar al feto, causándole la muerte.
La presión social a su vez juega un rol en el asunto: es mayoritariamente bien visto o mal visto por la sociedad la práctica del aborto? en cualquiera de los 2 órdenes hay un estigma asociado, pero en el primer orden está la carga adicional de la clandestinidad y el delito; en el segundo orden el tema está más asociado a un asunto de salud pública y moralidad. Paradójicamente al tratarlo más a la "luz pública" del segundo orden, es más probable reducir el número de abortos por presión social y por la construcción de un entramado institucional de apoyo a las familias antes, durante y después de la gestación; con énfasis por ejemplo, en la educación e incentivo en pro al uso de contraceptivos, la planificación familiar y las relaciones de pareja responsables ante la posibilidad de crear nueva vida.
Mi posición personal al respecto y mi aporte al debate es: el aborto debe ser permitido, pero nadie debería hacerlo.
Dos problemas que tenía la legislación argentina propuesta es la gratuidad del procedimiento (es decir, que fuera financiada por el Estado) y la penalización de la objeción de conciencia por parte de los médicos que se engaran a practicarlo. Éstas fueron las razones por las cuales el Senado rechazó la ley. En este caso estoy de acuerdo en que esos 2 aspectos no deben ser parte de la legalidad del aborto.
Me pregunto es si se entiende la diferencia entre la moral ("nadie debería hacerlo") y el derecho ("el aborto debe ser permitido", legalidad, legislación, aplicación del sistema de justicia, etc).
Y tú, amigo lector, ¿qué orden prefieres para tu sociedad?